La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) limita, desde este lunes, las percepciones de Ganancias a los consumos con tarjetas, turismo y pasajes al exterior. Se trata del impuesto que se aplica en conjunto con el impuesto PAIS.

A través de la Resolución General 5123 publicada en el Boletín Oficial, la agencia gubernamental incorporó a entidades sin fines de lucro y cooperativas entre los sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, por las operaciones realizadas en moneda extranjera. Se trata de:

  • Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales.
  • Las sociedades cooperativas.
  • Las instituciones religiosas.
  • Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.
  • Las entidades mutualistas.
  • Las asociaciones deportivas y de cultura física.
  • Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.