Para comentarte que el gobierno peruano ha establecido nuevas medidas para los ingresos al país que aplican desde el 11 de junio.  , cómo exigir una tercera dosis contra el Covid-19 a extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 18 años a más.

 

“Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 18 años a más, cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar haberse aplicado las tres (3) dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero; asimismo, las personas de 12 a 17 años deben acreditar haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero. En su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar. Aquellas personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia”, esto solo es para el ingreso al pais, para vuelos internos y/o transporte interprovincial se mantienen las 2 dosis. 

Ver norma publicada en el diario El Peruano: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-n-016-2022-decreto-supremo-n-063-2022-pcm-2076344-1